Las noticias mentirosas no hay posibilidad de contradecirlas

¿Sabía Ud. que de la noticia afirmativa acerca de que la conducta de Manzitti constituía una falta ética, fue absolutamente desdicha por la votación unánime de los diputados y del directorio del Colegio de Abogados? Adjunto escaneadas ambas resoluciones acreditantes de la falsedad de la afirmación periodística. Pero… sin posibilidades de hacerlas conocer del mismo modo difusor potenciado, puesto que aquella calumnia de El Sol se propagó con radios – de propiedad del mismo medio – que la comentaron. Y, además los dos diarios principales de Mendoza también terminaron haciéndose eco y comentando su existencia. Eso sí, no hay recurso para desdecir la noticia falsa, que más que noticia era una opinión descalificante. Resolución HCD Pag. 1 Resolución HCD Pag. 2 Resolución Colegio de Abogados
Si la noticia mentirosa es desdicha los medios no lo publican
SUMARIO: ¿Sabía Ud. que si intenta defender su honor o prestigio puesto en duda por un noticia malversada o simplemente incomprobable, no habrá tribuna para su propósito? EL CASO CONCRETO: En EL SOL del día 14 de marzo de 2006 se afirmó: DESCUBREN GRAVE FALTA ÉTICA DE FUNCIONARIO LEGISLATIVO, en la tapa. En página 6 todo un comentario malicioso con tono de culebrón: «El escenario: la legislatura, Los protagonistas: El secretario legislativo y su socio…» Lo cierto es que la noticia consistía en toda una conjetura acerca de un supuesto pacto de connivencia entre «los protagonistas» para «aprovecharse» de la circunstancia de la privilegiada posición de haber intervenido en el proceso de la sanción de una ley que otorga un subsidio a los cesanteados durante la dictadura, sin sumario previo. Aunque no existe ninguna diferencia entre haber participado de la ley, sin promoverla ni votarla, y ser un abogado común del foro, se imputa una conducta inmoral como funcionario al Secretario, basándose en que habría un empleado de la Cámara de Diputados, que – previo pedirle consejo sobre la aplicación de la misma a su caso habría obtenido una tarjeta profesional del Secretario; eso, sumado a que diez días después de la sanción un abogado que publicó su intención de asesorar a los comprendidos en esa normativa, como tenía su domicilio en el mismo de Manzitti, dió lugar a la noticia y atrevida afirmación. Nunca se dijo que el abogado se había mudado el día 6 de marzo. Que no está prohibido -como los medios afirman – que un abogado asesore en temas administrativos. Que tampoco se chequeó la noticia de la tarjeta supuestamente entregada por Manzitti para favorecer a su socio. Cuarenta y ocho horas después de la noticia mentirosa e interesada, los diputados de la Comisión de Labor Parlamentaria, votaron unánimente que no había causa ninguna para investigar. Tres días después, el Colegio de Abogados se pronunció identicamente a instancias de la denuncia efectuada por el propio Manzitti ante esa institución. Pero del dictado de «falta de mérito» de Comisión de Labor Parlamentaria hubo omisión absoluta, con el agravante de que se dijo: La Comisión de Labor Parlamentaria derivó el caso Manzitti al Colegio de Abogados. Cuando la presentación ante el Colegio fue iniciativa del propio Manzitti. Además mil «detalles» en los comentarios de cada noticia sobre el caso muestran la mala intención: Dicen: «hecha la ley, hecha la trampa» «con el fin de pasar bajo la mesa unos dinerillos a su socio», ni dinerillos, ni socio. Porque en cualquier caso Robello, que no era socio en ese momento, tiene derecho a cobrar honorarios por su consejo, intervención o gestión. Tampoco es cierto que descubrieran nada, porque Robello publicó el lugar, teléfono y demás circunstancias de lugar y tiempo sin ocultar que era en el mismo domicilio del estudio de Manzitti. Pero, de querer modificar lo ya dicho, no hay espacio en los medios. Si quiere hacerle una querella, topará con dos «ventajas» o «privilegios» legales: El secreto de las fuentes del periodismo. Y, la real malicia. El primero impide que se verifique por los afectados de calumnias o injurias periodísticas de dónde salió esa información falsa. El segundo instituto, la real malicia significa que si la víctima de calumnias es una persona pública (político, funcionario, artista, Etc.) para querellar al periodista o al medio debe probar que tuvo mala intención, no basta con que fuera falsa la noticia o el comentario objetivamente malicioso o dañino ¿Qué tal?


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